Sin presentación a Luxemburgo
El Primer Senado Civil no ve la necesidad de remitir el caso al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJUE), ya que las cuestiones jurídicas decisivas ya han sido suficientemente aclaradas. No es el objeto del recurso de casación, pero también interesa a los amigos del Derecho internacional privado: el Tribunal Regional Superior de Dresde dedujo la competencia internacional del artículo 18, apartado 1, y del artículo 17, apartado 1, letra c, del Reglamento Bruselas Ia y de la aplicación del Derecho material alemán del artículo 6, apartado 1, del Reglamento Roma I.
La audiencia de apelación está prevista para el 2 de mayo. Ya hay miles de casos de este tipo, porque, por un lado, varias empresas han ofrecido apuestas deportivas en una situación jurídicamente poco clara y, por otro, los despachos de abogados se han especializado en este tipo de casos. y adquirir activamente apostadores deportivos. Hasta ahora los tribunales se han pronunciado de otra manera (ver también el caso número I ZR 90/23), pero la decisión consultiva será innovadora a este respecto.
Traducción automática: